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España, condenada por incumplimiento de la Directiva Marco de Agua


El Tribunal de Luxemburgo acaba de dictar sentencia contra España por incumplir la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2000 por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas.

El Tribunal Europeo declara la vulneración por España de los artículos 13 y 15 de la Directiva, por no haber adoptado, antes del 22 de diciembre de 2009, los planes hidrológicos de cuenca, (con excepción del plan de gestión del distrito de «Cuenca Fluvial de Cataluña»), y por no haber comunicado a la Comisión UE ni a los demás Estados miembros afectados, antes del 22 de marzo de 2010, una copia de dichos planes.

También se condena a España por vulneración del artículo 14, apartado 1, letra c), de la Directiva 2000/60/CE, en relación con el artículo 13, apartado 6, de la Directiva, por no haber iniciado el procedimiento de información y participación pública antes del 22 de diciembre de 2008, salvo «Cuenca Fluvial de Cataluña», cuyo plan ya ha sido adoptado, y en las demarcaciones hidrográficas: Islas Baleares; Tenerife; Guadiana; y Guadalquivir de la Cuenca Mediterránea Andaluza; Tinto-Odiel-Piedras; Guadalete-Barbate; Galicia-Costa; Miño-Sil; Duero; de la cuenca Cantábrico Occidental y Cantábrico oriental.

Nota: El 14 de noviembre de 2007, WWF España había denunciado ante la Dirección General de Medio Ambiente de la Comisión Europea los numerosos incumplimientos por España de la Directiva Marco de Aguas, como consecuencia de esta y otras quejas se inició un procedimiento de infracción que terminó con el Dictamen motivado el 28 de enero de 2011, en el que se apreciaban los incumplimientos.

El 27 de julio de 2011 la Comisión Europea presentó demanda contra España por infracción de los artículos 13, 14, y 15 de la Directiva 2000/60/CE. Este proceso ha terminado con la sentencia que ahora se comenta.

WWF España ha ofrecido una colaboración permanente a los diferentes Gobiernos en toda las fases de elaboración de los planes, pero no ha encontrado la receptividad suficiente para que las obligaciones impuestas pro la normativa europea se cumplieran a tiempo.


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