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WWF celebra los avances en la conservación de los tiburones y las rayas en la COP19 de CITES

La Conferencia de las Partes de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, COP19 de CITES, que se está celebrando desde la semana pasada en la Ciudad de Panamá, votó a favor de la propuesta para incluir 54 especies del tiburón de la familia Carcharhinidae, así como 6 especies de la familia de tiburones martillo al Apéndice II de la Convención.

En el Apéndice II de la CITES se incluyen especies que todavía no se encuentran necesariamente en peligro de extinción, pero que podrían llegar a estarlo a menos que se controle estrictamente su comercio con el fin de evitar una utilización incompatible con su supervivencia. De este modo, ambas familias de tiburones solo se podrán comercializar de manera sostenible y los países importadores tendrán que demostrar que su comercio internacional no afecta al bienestar de sus poblaciones, que su origen es legal y que cuentan con un permiso CITES del país exportador.

Se trata de una decisión histórica para la salud de los océanos ya que los tiburones son irremplazables, por su papel clave para los ecosistemas que con su presencia también garantiza poblaciones de peces saludables,  fuente de alimento para millones de personas. 

Por este motivo, si esta decisión se confirma en la sesión plenaria, que se celebrará del 24 y 25 de noviembre, casi todas las especies de tiburones comercializadas a nivel internacional estarán bajo el acuerdo CITES. A la espera que esta decisión acordada se ratifique al final de la COP19, reiteramos nuestro compromiso de apoyar a los países para mejorar la gestión, minimizar la captura accidental de las especies más amenazadas y asegurar la implementación adecuada de este acuerdo internacional. 

Una barrera para evitar la sobrepesca 


Asimismo, durante la primera semana de la COP19, las Partes votaron a favor de incluir 37 especies adicionales de pez guitarra en el Apéndice II. Estos animales son uno de los grupos de especies de rayas más amenazados. Hasta ahora, solo se habían incluido a las especies grandes de otras familias de peces guitarra, pero no a las pequeñas, que también están en peligro de extinción.

Valoramos positivamente esta medida, que permitirá un procedimiento de detección claro y armonizado por parte de las autoridades aduaneras, de las 53 especies de peces guitarra incluidas en la lista. Asimismo, los países exportadores deberán demostrar que el comercio internacional de las rayas no amenaza aún más a sus poblaciones y que se han puesto en marcha medidas de gestión eficaces en los respectivos Estados del área de distribución. 

De esta manera, CITES está lanzando lo que probablemente sea el mayor paquete de protección para tiburones y rayas. Más del 90 por ciento de todas las especies de tiburones y rayas comercializadas estarán bajo la convención CITES en el futuro. Para los tiburones y las rayas, que están extremadamente amenazados por la sobrepesca, este es un paso para su conservación. Sin embargo, al igual que con la votación para proteger a los tiburones carcarrínidos y los tiburones martillo, es importante que las Partes continúen apoyando esta decisión histórica.

Asimismo, las Partes también votaron a favor de incluir  en el Apéndice II, 3 especies de pepinos de mar del género Thelenota. Estos animales juegan un papel vital en la depuración de los ecosistemas marinos, y estas tres grandes y espectaculares especies son muy valoradas a nivel medicinal y alimentario, especialmente en países de Asia y Oriente Medio. Por este motivo, en España ha crecido la captura ilegal de algunas especies de pepinos de mar para su comercio ilegal a países asiáticos, con la incautación de centenares de kilos en los últimos años por parte del SEPRONA.

Finalmente, siete especies de rayas de agua dulce endémicas de Brasil, con una alta demanda en el mercado de especies acuáticas ornamentales, también fueron adoptadas para su inclusión en el Apéndice II. De esto modo, en todos los casos, la decisión ayudará a que el comercio internacional de estas especies se haga de manera sostenible.

¿Sabías qué?

CITES tiene tres Apéndices, que enumeran las especies según el grado de protección que necesitan en términos de regulación del comercio internacional.

Apéndice I: significa que está prohibido todo comercio internacional de especímenes capturados en el medio silvestre de la especie en cuestión.

Apéndice II: ​El comercio de especies está regulado por un sistema de permisos y necesita evidencia de que el comercio internacional es legal, sostenible y no perjudicial para la supervivencia de la especie en la naturaleza. La enmienda a los Apéndices I y II normalmente sólo puede hacerse en las reuniones de la CoP por la mayoría de dos tercios de los votos.

Apéndice III: incluyen especies que están protegidas al menos en un país. Una Parte puede solicitar unilateralmente que una especie se incluya en el Apéndice III en cualquier momento para su país, cuando busca garantizar que cualquier comercio de esa especie desde su territorio sea legal.
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